Por las razones de derecho y de hecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en funciones de Juicio, constituido EN FORMA UNIPERSONAL, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCION, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, y consecuencialmente, se decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 del Código Penal, a favor del ciudadano RAUL SANCHEZ BRACHO, venezolano, natural de Machiques de Perijá, fecha de nacimiento 15-10-72, de 35 años de edad, soltero, profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad N° 11.256.772, hijo de RAUL SANCHEZ y GRACIELA DEL CARMEN BRACHO, residenciado en Vía Perijá, k.....