DECISIÓN
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, Declara:
Primero: Inadmisible el Recurso de Nulidad incoado por el ciudadano, EDINZON PARAMACONI JUAJIBIOY JACANAMEJOY, asistido por el abogado LUIS JAVIER RODRIGUEZ CALDERON, contra el auto administrativo de fecha 24 de Abril de 2024, expediente nro 004-2024-01-00063, dictado por la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas.
Segundo: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los veintisiete (27) días del mes de mayo de 2025. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
La Jueza,
Dra. Enaydy Corde.....