DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación Laboral del la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, la presente acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano RUBEN MARQUEZ , titular de la cédula de identidad No.13.591.929, contra la decisión emanada del director de personal la alcaldía de obispos del estado Barinas, de trasladarlo de su sitio de trabajo de la sede del acueducto de Borburata al taller de la alcaldía.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación Laboral del la Circunscripción Judicial del Estado Barinas a los 27 día.....