Por todos los fundamentos antes expuestos éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1) RENUNCIADO: El derecho a la Retasa por parte de las ciudadanas GUADULUPE CUBILLAN DE CAMPOS, representada por la abogada CIBEL GUTIERREZ LUDIVIC, esta última quien a su vez actúa en representación de la ciudadana LUCY RIVERA ORTEGA, partes codemandadas en la presente causa.,
2) DEFINITIVAMENTE FIRME, la decisión dictada por este Tribunal en fecha 29 de marzo de 2016, en la presente demanda presentada por presentada por los abogados OSCAR PEREZ LA CRUZ y OSCARL PEREZ SALAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros 3.277.700 y 13.495.649, respectivamente, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 9.193 y 90.602, en su orden, de este domicilio, asistidos por el abogado DENNIS CARDOZO FERNANDEZ, ven.....