DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este Tribunal Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Considera ajustado a Derecho, NEGAR EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL al penado EDILBERTO FUENTES SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° E-11.900.683, Colombiano, natural de Necloqui-Antioquia, de 41 años de edad, soltero, obrero, hijo de Heriberto Fuentes y de Carmela Sánchez, y residenciado en la Hacienda Los Corosos, Sector La Represa de Tule, Los Chorros, Cachiri, Municipio Mara del Estado Zulia, por no reunir los requisitos contemplados en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Decisión, ofíciese la Cárcel Nacional de Maracaibo y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, remitiéndose copia Certificada de la presente Decisión, notifíquese a la Fiscal 27° del Ministerio .....