DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSE REMIGIO VEGA OJEDA anteriormente identificado, contra la Sociedad Mercantil TRANSPORTE DE COMBUSTIBLES LOS ROSALES, SRL con ocasión de esta declaratoria deberá pagar al demandante la cantidad de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs.22.206,41) mas lo que resulte de la experticia ordenada en la motiva del presente fallo.
No hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los 27 días del mes de octubre del año 2009. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
La Juez
Abg. Maury Rever.....