Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la entidad mercantil REPRESENTACIONES NATICK C. A., mediante su apoderado judicial Abg. Wesley Soto I. P. S. A. Nº 133. 732, contra la Sentencia Interlocutoria de fecha 17 de septiembre de 2013, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de este Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en el expediente GH31-X-2013-000017, que negó la medida cautelar de embargo preventivo solicitada por la apelante-demandante contra la empresa demandada EDUARDO ROMER C.A..
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 17 de septiembre de 2013, por el Tribunal Segundo de Primer.....