Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERNCATIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: REPONE la presente causa al estado de fijar nuevo cartel de citación de fijar mediante secretaría el cartel de citación a la parte demandada ciudadana OMAIRA RIVAS DE MARVAL venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-1.013.517 domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.,,de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil. Hágase la publicación, fijación y la consignación de Ley. Publíquese en los diarios Panorama y El Nacional de la ciudad de Maracaibo, con un intervalo de tres días entre uno y otro.- Líbrese cartel y boleta de notificación