...DECISION
Este Tribunal actuando de conformidad con lo dispuesto en el articulo 96 del supra mencionado Decreto Ley, REPONE la causa al estado de que se notifique al Procurador General de la República y se verifique al acto Procesal subsiguiente por ante el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, que por distribución le corresponda conocer de la presente acción, en consecuencia deja sin efecto todas las actuaciones posteriores al auto de fecha 21 de Enero de 2002, dictado por le extinto Juzgado del Estado Barinas, con excepción de las citaciones practicadas, para que surtan los efectos legales. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase lo Ordenado. Líbrense boletas.
Dada, Firmada, sellada y refrendada en la ciudad de Barinas, a los veintiocho (28) días del mes de febrero de Dos Mil Cinco (2005). Años 194° y 146°
El Juez
Abg. JESUS R. PARIS
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