Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO COMO TRIBUNAL MIXTO, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Por decisión UNANIME de sus miembros , declara al Acusado: JUAN CARLOS AÑEZ SUAREZ, venezolano, nacido en Maracaibo, Estado Zulia, el día 08/08/68, soltero de 38 años de edad, profesión u oficio Obrero, grado de instrucción tercer año, portador de la cedula de identidad No. 9.752.771 hijo JUAN ANTONIO AÑEZ, y YILMA DEL CARMEN SUAREZ, Residenciado en Kilómetro 25 Vía Perija sector el Arado entrando por la agencia de lotería el bebí, casa N 6, Maracaibo Estado Zulia, CULPABLE de la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES , previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal en perjuicio del ciudadano: ERNESTO LUIS VILLASMIL, en las.....