Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental declaró reanudada la causa y, a los efectos de su continuación, dejó establecido que el día de despacho siguiente a la constancia en actas de la notificación del ciudadano Síndico Procurador del Municipio Barinas del Estado Barinas, vencidos como sean los seis (6) días otorgados como termino de distancia, quedará abierto -ope legis- el lapso probatorio estipulado en el artículo 62 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Finalmente, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, que corresponda por distribución, para la práctica de la notificación en referencia.