Este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos RAFAEL SEGUNDO NUÑEZ Y NATACHA JOSEFINA VALERA NÚÑEZ, ambos ya identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día DOCE (12) de Diciembre de Mil Novecientos Ochenta y Nueve (1989), por ante el Prefecto y Secretario del Municipio Bolívar del Estado Zulia, Acta No. 226.