PROCEDENTE la pretensión de Amparo Constitucional incoada por la sociedad mercantil COMPAÑÍA OPERATIVA DE ALIMENTOS COR, C.A., en contra de la Inspectoría de Maracaibo "Dr. LUIS HOMEZ", como órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, de la República Bolivariana de Venezuela; y en consecuencia, para restituir inmediatamente la situación jurídica infringida, SE ANULA la Providencia Administrativa N°520/13 de fecha 26/03/2013, expediente administrativo N° 042-2012-03-01853, en la que se declaró Con Lugar la petición de reclamo y se condenó al pago de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en la cantidad de SETENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 70.589,35). Y en este sentido, por vía de consecuencia resultan nulos todos sus efectos y consecuencias, incluido el procedimiento sancionatorio, y/o los efectos de dicho procedimiento contenidos en el expediente signado bajo el número 042-2013-06-00821.