1)ADMITE TOTALMENTE EL ESCRITO DE ACUSACION, formulado por la Fiscalía 37° del M.P, de fecha 05-12-2006, en contra del joven adulto acusado (SE OMITE), por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN CALIDAD DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 y ordinales 1 y 4 del artículo 2 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio de la ALCALDÍA DE MARACAIBO, conforme al artículo 578 literal "a" de la L.O.P.N.A; en virtud del análisis realizado a las actas que integran la presente causa en la que se observa que existe la comisión de un hecho punible, que no se encuentra evidentemente prescrita la acción penal para perseguirlo, y que la adecuación de los hechos se corrobora con el tipo penal invocado en la acusación y que cumple con los requisitos contenidos en el artículo 570 de la L.O.P.N.A; así mismo, ADMITE LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL REPRESENTANTE FISCAL, en todo su contenido por ser pertinentes, útiles y necesarias, razón por la cua.....