DECISIÓN
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con Lugar la demanda incoada por la ciudadana Yolimar Josefina Nadal Nadales anteriormente identificada en autos, contra la Zona Educativa del estado Barinas, igualmente identificada.
Con ocasión de esta declaratoria la parte demandada deberá pagar a la demandante la cantidad de bolívares ciento trece mil ciento trece con doce céntimos (Bs. 113.113,12) por concepto de salarios retenidos desde septiembre del 2009 a diciembre del 2012, más lo que resulte de la experticia ordenada en la motiva del presente fallo.
Notifíquese al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el artículo 98 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica Procuraduría General de la República, anexándoles copia certi.....