Por los fundamentos antes expuestos, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con Funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
• CONSUMADO el desistimiento de la demanda formulado por el ciudadano ALFREDO EDUARDO VILLASMIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.854.443 y lo pasa en autoridad de cosa juzgada.
• TERMINADO el presente procedimiento de OBLIGACION DE MANUTENCION, iniciado por el ciudadano ALFREDO EDUARDO VILLASMIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.854.443, en contra de la ciudadana YUSBELYN CRISTINA TERAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 17.182.022.
• ORDENA el cierre y archivo del expediente, así como la devolución de los originales .....