Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1).DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante abogado en ejercicio JULIO UZCATEGUI en contra de la decisión dictada en fecha 17 de Abril de 2007, por el extinto Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2).QUEDA EN CONSECUENCIA FIRME LA DECISIÓN APELADA. 3) SE CONDENA EN COSTAS a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo