DECISION
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, DANILO ALFONZO RUIZ VASQUEZ Y DEGNYS KARINA CABRALES LEIVA , en fecha dieciocho (18) de Abril del año dos mil (2.000), por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente, de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 95, acompañada a los autos en copia certificada.
Se ordena Oficiar Al Jefe Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, así como al Registro Principal del Estado Zulia, a objeto de que estampe la Nota Marginal correspondiente.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
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