LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos LUIS ALFONSO PEÑALOZA ROJAS y MARIA ALEJANDRA INFANTE GONZALEZ, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día ocho (8) de diciembre de dos mil siete (2007), por ante el Jefe Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez del Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida, según Acta No.155.
Así mismo, en cuanto a la partición de los bienes que conformaron la comunidad conyugal que existió entre ellos, los mismos quedaron adjudicados conforme a los acuerdos voluntarios de la masa patrimonial como lo autoriza el artículo 190 del Código Civil.
Se deja constancia, que según manifestación expresa de los cónyuges durante la vigencia matrimonial no procrearon hijos.