declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano CARLOS ALFONSO OLIVO MORENO, asistido por el profesional del derecho ADRIAN ROBERTO DE JESUS CARDENAS, en contra de la Sentencia N° 006-2015 de fecha 24-02-2015, emanada del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con los criterios jurisprudenciales emitidos por el Tribunal Supremo de Justicia.