IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada 250, 251, YASMELY ALICIA FERNANDEZ CARVAJAL, Defensora Pública Trigésima Primera (31°) Indígena y con Competencia en la Fase Penal Ordinario del Proceso, adscrita a la Unidad Autónoma de la Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensora de la ciudadana VANESSA MARGARITA CORPOS DE ALBA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha veintinueve (29) de Junio de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual se decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 de.....