Por lo anteriormente expuesto este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud fiscal y en consecuencia este tribunal DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el articulo 256 Ordinal 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadana:1) ALBA MENDEZ HIGUERA, venezolana, mayor de edad, de 33 años de edad, portador de la cedula de identidad Nº 9.773.820, de profesión vendedora de verduras, hijo de José Rafael Méndez y Beatriz Higuera, domiciliado en bella vista av 5 Nº 54-95 sector Nuevo Mundo, del estado Zulia y 2) JOSE GABRIEL MENDEZ HIGUERA, venezolano, mayor de edad, de 22 años de edad, no se sabe el Nº de la cedula de identidad, de profesión de oficio vendedor de panorama, hijo de Beatriz Higuera y Rafael Méndez Higuera.....