Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte co-demandante recurrente en relación a los ciudadanos FERMÍN LOPEZ Y RAFAEL ARIAS, en contra de la decisión de fecha veintiuno (21) de febrero del año 2008, dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen y Procesal Transitorio del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Ahora bien en relación al ciudadano JUAN MEDINA se observa que el mismo compareció sin representación judicial alguna, en consecuencia, este Superior Tribunal suspende el curso de la causa en relación al prenombrado ciudadano JUAN MEDINA, a los fines de oficiar a la Inspectoría del Trabajo del estado Zulia con el objeto de que sea asignado un Procurador del Trabajo para que lo asista en lacelebración de la audiencia que será pautada en auto por separado por este Tribunal.