PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión incoada por el ciudadano TIRZO CARRUYO, en contra de la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL DE TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV), por motivo de cobro de DIFERENCIAS DE PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD y OTROS CONCEPTOS LABORALES. En consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL DE TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV), a pagar al ciudadano TIRZO CARRUYO la cantidad de cuatro millones quinientos sesenta y tres mil bolívares (Bs. 4.563.000,00) hoy, el equivalente en bolívares fuertes a cuatro mil quinientos sesenta y tres (Bs.F 4.563,00), conforme a los lineamientos señalados en la parte motiva.
SEGUNDO: Se condena a la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL DE TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV), a pagar al ciudadano TIRZO CARRUYO, la cantidad resultante de los INTERESES de mora de la suma resultante del punto anterior, en un eventual incumplimiento de conformidad con el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los mismos términos.....