Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio de NULIDAD DE CONTRATO DE VENTA seguido por la ciudadana ASMIRIAM VIOLETA CORDOVA, en contra de los ciudadanos ELIODORO JOSE PRIETO y ALEJANDRO JOSE PIRELA, declara:
• CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida por la abogada DAYSI ROMERO, actuando con el carácter de apoderada judicial de los demandados, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 21 de junio de 2012 y, por vía de consecuencia,
• REVOCADA la sentencia recurrida en todas sus partes.
• SIN LUGAR la demanda de Nulidad de Venta incoada por la ciudadana ASMIRIAM VIOLETA CORDOV.....