Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada contra el penado, ARGENIS NERIO ESPULGAR DUGARTE, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 14.681.618, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el Sector El Delirio, calle principal, casa s/n, Villa del Rosario del Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por considerarlo autor en la comisión de los delitos de CONTRABANDO, previsto y sancionado en los artículos 2 y 3 ordinal 1º de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y en consecuencia, se ordena su comparecencia por ante este Tribunal de Ejecución para el día Jueves 12-01-09, a las Diez horas y Treinta minutos de la mañana (10:30 AM), a los fine.....