PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 27-02-2007, por la abogada ROSALIA VALERO DE DURAN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana MARIA ERMINDA JEREZ VALERO.
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR la oposición al lindero provisional formulado por la ciudadana Maria Erminda Jerez Valero, asistida por la abogada Rosalia Valero de Duran, en el presente juicio de Deslinde y con lugar el lindero provisional.
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 20-11-2006.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.