De conformidad con lo anteriormente expuesto y de conformidad con la normativa legal correspondiente, este Tribunal de Primera Instancia de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Función de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA: PRIMERO: Con Lugar la solicitud de la Fiscal Octava del Ministerio Publico del Estado Barinas. SEGUNDO: visto el Pre-acuerdo Conciliatorio aceptado y cumplido SE HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO y se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de conformidad con los artículos 564 y 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Publíquese, Regístrese y remítase al archivo central para su posterior remisión al archivo judicial. Las partes quedan notificadas de la presente Decisión, con la lectura y firma del Acta. En la Sala de Audiencia del Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabi.....