Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este JUZGADO SEPTIMO CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a el (la) Acusado (a) (s) DANIEL ENRIQUE TORRES BRACHO, Titular de la Cédula de Identidad N° V7.718.245, Venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, de profesión u oficio Comerciante, fecha de nacimiento 25/04/1 964, de 46 años de edad, hijo de Rafael Enrique Torres Soto y Ana Elena Bracho de Torres, residenciado en el Barrio La Pomona, calle la Fortaleza, calle 104, casa N° 19C-100. Tlf. 0414-6428854. GABRIEL ENRIQUE TORRES BRACHO, titular de cedula de identidad N° V7.748.752, venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, de profesión u oficio Comerciante, fecha de nacimiento 13/01/1 968, de 42 años de edad, hijo de Rafael Enrique Torres Soto y Ana Elena Bracho de Torres, residenciado en el Barrio La Pomo.....