CONDENA al acusado JEAN CARLOS JOSE TORRES, titular de la cédula de identidad V.-13.333.206, fecha de nacimiento 01-09-1977, residenciado en la calle el mercado frente a la Marina Central de Puerto Cabello, a cumplir la pena de Cinco (05) años, cinco (05) meses y veinte (20) días de presidio mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 13 del Código Penal , por los delitos de Robo Agravado en grado de frustración, Privación Ilegítima de Libertad, Ocultamiento de arma de fuego y Lesiones Personales Intencionales Simples y Leves previsto y sancionado en los artículos 460 en relación al artículo 80, 175 primer aparte, 278, 415 y 418 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos Joel Giscard Peña Pérez, Liang Guo He, Sepúlveda Mora Freddy, Pereira Sánchez Omar y Rosales Molina Alí Gerardo. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal se mantiene la medida de privación de libertad del acusado la cual deberá ser cumplida en el I.....