DISPOSITIVA
Literal (e) del artículo 604 de la LOPNA.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Juicio, de la sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas; administrando Justicia en nombre La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve: Se admiten la acusación y las pruebas y se declara responsable al adolescente acusado Róger Alexander Murillo Olivera, venezolano, de 16 años de edad, titular de la cédula de Identidad número V- 19.191.929, estudiante, con sexto grado de instrucción, nacido en Valencia, Estado Carabobo, en fecha 01/07/88 y domiciliado en el Barrio Las Flores, casa sin número, (diagonal al teléfono público y a una bodega), en Barrancas, Municipio Cruz Paredes, del Estado Barinas; hijo de Róger Antonio Murillo (v) y Asalia Coromoto Olivera (v); por la comisión del delito de tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto en el articulo 34 de la ley Orgánica sobre Sustan.....