Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara:
PRIMERO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JAIRO ARNOLDO SANGRONIS OLIVARES, a la ciudadana ALTAGRACIA VIDALINA BRACHO DE SANGRONIS, en su condición de cónyuge, y a los ciudadanos RONALD JOSÉ SANGRONIS BRACHO, MAYREN CAROLINA SANGRONIS BRACHO, JAIVID JUDITH SANGRONIS BRACHO, JOSÉ RAFAEL SANGRONIS BRACHO y JAIRO RAFAEL SANGRONIS BRACHO, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
SEGUNDO: Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas para formar expediente. Así mismo, expídase la copia certificada solicitada, autorizando para su elaboración y confrontación a la ciudadana Mary Franco, titular de la cédula de identidad Nº 16.606.326, en su condición de asistente de es.....