Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO y COBRO DE BOLÍVARES sigue la firma mercantil C.A. LA CASA ELÉCTRICA contra el ciudadano HENRY VALMORE FUENMAYOR CORNIELES y, por ende declara RESUELTO el referido contrato de venta con reserva de dominio de fecha cierta veintiuno (21) de julio de dos mil tres (2003), asentado bajo N° 48 de los libros llevados por ante la Notaria Pública Tercera de Maracaibo, y que corre inserto a las actas procesales de este expediente. En tal sentido, condena al demandado a hacer entrega a la demandante los siguientes bienes muebles: A) UN COMPUTADOR C/ QUEMADOR DE CD, MONITOR 14¿, marca MICROCELL, modelo PENTIUM 4, 1.4GH, serial V3CS19A002735; B) UNA IMPRE3SORA DESKJET + CABLE DE CONEXIÓN, marca HP, modelo HP-840C, serial MX1671Y0S2; y C) UN S.....