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DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: al acusado BESALEE ENMANUEL TORRES PEÑALOZA, venezolano, portador de la cédula de identidad N° 17.109.623,de 22 años de edad, natural de San Cristóbal, nacido el 19-07-1983, residenciado en la Caramuca, Vía Principal de la Carretera Nacional vía San Cristóbal, a 1.500 metros de la alcabala Taller de Latonería Compacto, Estado Barinas, hijo de Maria Consolación Peñaloza (V) y Luis Alfonso Torres (V), de profesión pintor.. Por el delitos de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del Art. 31, de la nueva Ley Orgánica contra el trafico ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas de Drogas, a cumplir la .....