Vista la incomparecencia de la parte accionante, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno a la presente audiencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL ABANDONO DEL TRAMITE, de conformidad con lo establecido en el articulo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y como consecuencia de ello, se suspenden los efectos de la medida cautelar innominada decretada por este Juzgado en fecha 16 de noviembre de 2012, la cual ha sido tramitada en el cuaderno separado signado con el N° EH12-X-2012-000019. Es todo, termino, se leyó y conformes firman:
La Jueza,
Abg. Enaydy Cordero Colmenares.
Los accionados-presuntos agraviantes, y sus abogados asistentes,
Jesús Rojas
Luís Sevilla
Abg. Mariana Parra
.....