Por los fundamentos expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE LA RECUSACION interpuesta por el abogado en ejercicio FRANKLIN GUTIERREZ, en su carácter de apoderado judicial de la víctima, ciudadano UMBERTO FONTANA BELLESI, titular de la cédula de identidad N° E- 951.956, en contra del abogado ERNESTO ROJAS, en su condición de Juez del Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese y remítase la presente causa, al Juzgado correspondiente en su debida oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo, a los veintinueve (29) días del mes de Noviembre de 2016. Años: 206° de la Independencia y 157° de la F.....