IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano PEDRO RANGEL ORTIZ, asistido por el profesional del derecho JORGE LUÍS GARCÍA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 130.407.
SEGUNDO: SE REVOCA la Decisión N° 2025-11, de fecha 25/11/2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Villa del Rosario; mediante la cual se declara Sin Lugar la solicitud interpuesta por el ciudadano antes mencionado, de entrega material del vehículo CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDÁN, MARCA: FORD, MODELO: FAIRLANE, AÑO 1975, COLOR: AZUL, SERIAL DE CARROCERÍA, AJ27RE41100, USO: PARTICULAR: PLACAS: RAG-56S, de conformidad con el artículo 3.....