DECISIÓN
Por los hechos y fundamentos de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR la Oposición a la Medida Cautelar decretada en el presente juicio de Nulidad de Venta, seguido por las ciudadanas CARMELA BARROSO, BIANCA ZAMBRANO y MARITZA BORGES, venezolanas, mayores de edad, portadoras de las cédulas de identidad números 10.608.272, 7.620.649 y 3.113.883 respectivamente, en contra del ciudadano ERNESTO JOSE BARRIOS, portador de la cédula de identidad número 9.767.242, en consecuencia se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar dictada en fecha 29 de enero de 2014, sobre un bien inmueble constituido por un terreno ubicado en la vía Marac.....