En consecuencia, por los fundamentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR y CONVERTIDA EN DIVORCIO la Separación de Cuerpos solicitada por los ciudadanos INGRID DEL CARMEN MONTIEL GONZALEZ y LEONARDO ANTONIO MONTIEL FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad N° 9.742.514 y 3.263.065 respectivamente, y decretada por este Tribunal en fecha tres (03) de Mayo de 2.004. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que las prenombradas partes habían contraído por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Olegario Villalobos de esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en fecha veintiocho (28) de Septiembre de 2.002, según consta de Acta de Matrimonio N° 249, que corre inserta en copia certificada al folio signado con .....