declara:
PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Procedimiento de OBLIGACION DE MANUTENCION, intentado por la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE SEMPRUN GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V ¿ 10.405.198, contra el ciudadano HARRY ENRIQUE MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V ¿ 8.504.221, en beneficio de sus hijos, ANDREA CAROLINA, ADRIANA GABRIELA y HAIDELYN PAOLA SEMPRUN, respectivamente.
No hay costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese. Regístrese. Notifíquese. Déjese copia certificada por Secretaría. Igualmente publíquese en la página Web: http://zulia.tsj.gov.ve/login.asp.
Dada, firmada y sellada en la Sala 1 del Despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los (30) días del mes de Abril de 2.010. 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
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