Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por el ciudadano OSMEL JAVIER CUMARE VENTURA, ya identificado, contra lo proferido por el Juzgado de la Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 07 de febrero de 2012; y por vía de consecuencia,
• ORDENA, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, entregar a la actora, ciudadana JAZMIN SILIYU CARRILLO de CUMARE, identificada en actas, las cantidades a sueldos y salarios correspondientes a los meses de mayo, junio, julio, agos.....