Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano ROLANDO GUTIERREZ FERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, de 23 años de edad, casado, portador de la cedula de identidad N° 14.656.206, profesión u oficio chofer, hijo de Leonardo Antonio Gutiérrez, reside en el Barrio Los Planazos, cerca del Negocio La Abuelita, Teléfono Movil 0414-6190447, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por considerar que el mismo se encuentra incurso en la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, previsto y sancionado en el artículo 83 de la Ley Sobre Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos, en concordancia con el numeral 9 del Articulo 9 Ejusdem, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; con fundamento en el numeral 1° del artículo 44 de la Constitu.....