Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: INADMISIBLE el Recurso de Apelación presentado por la Abogada en ejercicio MARÍA DE LOS ANGELES CARROZ RINCÓN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el N° 51.881, actuando con el carácter de Defensora Privada del imputado ERNESTO DAVID FUENTES PRIETO, portador de la cédula de identidad N° V-3.108.747, contra la decisión Nro. 576-12, de fecha treinta (30) de Mayo de 2012, dictada por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar, declaró sin lugar la solicitud efectuada por la Defensa Privada, del imputado antes mencionado, relativa al cese de las medidas cautelares d.....