DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana ZULAIMA JOSEFINA VIZCAYA FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad N° V-11.396.987. contra la Firma personal BARAZARTE HAPPY BODY GYM F.P, inscrita en el registro mercantil primero de la circunscripción judicial del estado Barinas, en fecha 04 de mayo de 2015, bajo el Nº 74, Tomo 12-B, Rif. 100555979-9 y solidariamente contra el ciudadano: CARLOS RAMON BARAZARTE FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.055.597. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas. TERCERO: Se ordena la entrega de los elementos probatorios consignados al inicio de la audiencia preliminar, los cuales deberán ser retirados mediante diligencia ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento.....