Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, actuando como Tribunal Unipersonal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CULPABLE, al ciudadano JOSÉ ANGEL GONZÁLEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 9.092.438, de profesión comerciante, de 50 años de edad, hijo de Adán González y de Eudoxia León, residenciado en el Barrio Paraguachon, frente al relleno, parcela N° 87 de esta ciudad de Maracaibo, actualmente recluido en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite, mejor conocido como Reten del Marite, por considerarlo responsable del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente, perpetrado en perjuicio del ciudadano EFRAIN JOSÉ HERNÁNDEZ GONZÁLEZ. En consecuencia: 1) Se le condena a cumplir la pena de UN (1) AÑO DE PRISIÓN, por aplicación del a.....