Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano VIDAL VERDU, identificado plenamente en autos, asistido en éste acto por la profesional del derecho abogada SIMONA APONTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 115.584, éste tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia se ordena hacer entrega a la parte demandada en la presente causa, del edicto correspondiente en ejemplar físico y digital. A cuyo efecto deberá ser publicado en los diarios "Notitarde" y el "Carabobeño" de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.-