VI. Se deja constancia que no hubo contestación al recurso de apelación por parte del Ministerio Público.
VII
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE ADMITE PARCIALMENTE el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio DOUGLAS PARRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 135.035, actuando con el carácter de defensor privado de los ciudadanos LIGNIS JOSÉ MORALES VILLALOBOS, portador de la cédula de identidad No. 20.371.329 y WILBUR TELL GÓMEZ BAENA, portador de la cédula de identidad No. 12.308.549, contra la decisión No. 1372-12, dictada en fecha 12.09.2012, por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: INADMISIBLE la primera denuncia del recurso de apelación int.....