PRIMERO: COMPETENTE para conocer el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA DE GALLETAS, C.A DISTRIBUIDORA DE GALLETAS, C.A, contra la Providencia Administrativa No. 93/14 de fecha 22 de Mayo de 2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo sede "Luis Hómez" de Maracaibo del Estado Zulia. Así se decide.-
SEGUNDO: Se conmina o exhorta a la parte actora, la consignación del texto completo de la Providencia Administrativa cuestionada, y eventualmente cualesquiera otro documento fundante del recurso de nulidad, a los efectos de examinarla como documento de interés fundamental para la eventual admisión del recurso de nulidad.
TERCERO: Se le concede a la parte actora el lapso de tres (3) días hábiles, contados a partir de que conste en actas su notificación, para que subsane lo observado, concretamente lo indicado en la presente resolución; so pena de declararla inadmisible el Recurso de Nulidad, todo ello de conformidad con lo pre.....