Resuelve:
a) Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: YALITZA COROMOTO OLIVAR MORILLO y FRANKLIN ALBERTO SOTO BOLAÑO.
b) En cuanto a la Patria Potestad y Responsabilidad de Crianza de los niños ABRAHAN DAVID y JUAN JOSE SOTO OLIVAR, será compartida por ambos padres; la Custodia de los niños ABRAHAN DAVID y JUAN JOSE SOTO OLIVAR, será ejercida por la madre. Referente a la Obligación de manutención, el padre suministrará como pensión de manutención la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,00) mensuales; en cuanto a los gastos escolares (uniformes, útiles, transporte, mensualidad e inscripción escolar); gastos médicos, medicina, vestimenta, épocas decembrinas y todo cuanto los niños necesiten correrán por cuenta de ambos padres. En relación al Régimen de Convivencia Familiar, el padre FRANKLIN ALBERTO SOTO BOLAÑO, podrá visitar a los niños cuantas veces lo desee, siempre y cuando no interfiera con sus labores escolares y ho.....