PRIMERO: SE ORDENA LEVANTAR LAS MEDIDAS CAUTELARES decretadas por este Órgano Jurisdiccional en fecha doce (12) de marzo de 2013.
SEGUNDO: SE ORDENA LEVANTAR LAS MEDIDAS CAUTELARES decretadas por este Órgano Jurisdiccional en fecha dieciocho (18) de julio de 2013.
TERCERO: SE ORDENA oficiar al Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a fin de efectuar EL LEVANTAMIENTO de la MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha trece (13) de agosto de 2018, y la cual versó sobre "Un bien inmueble propiedad que recae sobre la ciudadana ANA LUISA AVENDAÑO MORENO, identificado y constituido por un Área de terreno propio que es parte de mayor extensión del lote de terreno No.1, comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: En aproximadamente veintiséis metros con cero centímetros ( 26,00 Mts), linda con terreno propiedad de Rubén Darío Navarro Reyes y Blanca Rosa Petit de Navarro; y sobre .....